Tota una sra. alcaldessa de les Coves, que diu ser "tècnic en recursos humans", no pot fingir ignorància del que diu la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
60:2. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección
D´on s´interpreta que l art. 60.2 de la Ley 7/07 se refiere a los representantes políticos de los ciudadanos; y con el objetivo mediato e inmediato de asegurar la imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección, es más que jurídicamente sostenible que los concejales (el Alcalde es también concejal) ya no podrán integrar dichos tribunales.
Els detalls de l´empastre:
En data 10/05/2021 es publica la resolució d´alcaldia següent
ANUNCIO
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 2021-0176 de fecha 07/05/2021 los miembros que deben formar parte del Tribunal de selección de la plaza de Auxiliar Administrativo – Bolsa de trabajo mediante procedimiento de concurso-oposición de conformidad con las bases aprobadas por Resolución de Alcaldía n.º 2021-0122 de fecha tres de mayo de 2021, determinada su composición, se resuelve del tenor literal siguiente de conformidad a los cargos e identificación que se establece:
““ RESUELVO: PRIMERO. Designar como miembros del Tribunal que ha de juzgar las correspondientes pruebas a:
Cargo
Identidad
Presidente
La Presidenta de la Corporación Doña Mónica Nos Orient ó miembro/a de la misma en quien delegue en su caso.
En data 11/05/2021 es publica la correcció d´una "errada material"
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL TRIBUNAL
VISTO y observado de oficio un error material en la Resolución dictada en Decreto de Alcaldía número 2.021-176 de fecha 10/05/2021 en la que se hace constar en el cargo de Presidente y con identidad a quien textualmente reza “La Presidenta de la Corporación Doña Mónica Nos Orient ó miembro/a de la misma en quien delegue en su caso.”,
RESUELVO
...derogar parcialmente la parte afectada del decreto anterior, en cuanto al cargo e identidad del Presidente y del primer vocal, los miembros del Tribunal

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